El equipamiento sanitario básico del equipo sanitario de las instalaciones fijas del servicio de prevención viene descrito en el del R.D. 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención. Concretamente en su anexo III.
- Audiómetro y cabina audiométrica homologados en todos los servicios de prevención ajenos. En el caso de los servicios de prevención propios únicamente en el caso de que en las empresas a las que dan servicio haya exposición a ruido.
- Camilla de exploración.
- Contenedores de residuos sanitarios, según normativa aplicable.
- Electrocardiógrafo.
- Equipo de radiodiagnóstico: propio o concertado.
- Equipo para control visión homologado.
- Esfigmomanómetro.
- Espirómetro o neumotacógrafo homologados.
- Fonendoscopio.
- Laboratorio: propio o concertado.
- Linterna o fuente de luz externa.
- Medicación, material y equipo suficiente para atender urgencias y primeros auxilios.
- Negatoscopio.
- Nevera con termómetro de máximas y mínimas.
- Oftalmoscopio.
- Otoscopio.
- Peso clínico.
- Rinoscopio.
- Talla.