Según el artículo 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se entenderá como servicio de prevención el conjunto de medios humanos y materiales para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Cuando estos servicios de prevención son empresas especializadas y acreditadas, se les denomina Servicios de Prevención Ajenos.
Están agrupados bajo tres organizaciones empresariales:
- Federación ASPA: Asociación de Servicios de Prevención Ajenos
- ANEPA: Asociación Nacional de Entidades Preventivas Acreditadas
- ASPREM: Asociación de Sociedades de Prevención de las Mutuas de Accidentes de trabajo
La función de los servicios de prevención ajenos es asesorar, dar soporte y facilitar los medios y las herramientas para que los empresarios puedan garantizar una adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores.